Organización
Territorial
El poder
legislativo de la ciudad es
ejercido por el Concejo Cantonal de Machala el cual es un pequeño parlamento
unicameral que se constituye al igual que en los demáscantones mediante la disposición del artículo
253 de la Constitución Política Nacional. De
acuerdo a lo establecido en la ley, la cantidad de miembros del concejo
representa proporcionalmente a la población del cantón.7
Machala
posee 11 concejales, los cuales son elegidos mediante sufragio (Sistema
D'Hondt) y duran en sus funciones cuatro años pudiendo ser reelegidos
indefinidamente. De los once ediles, 10 representan a la población urbana
mientras que 1 representa a las única parroquia rural. El alcalde y el
vicealcalde presiden el concejo en sus sesiones. Al recién instalarse el
concejo cantonal por primera vez los miembros eligen de entre ellos un
designado para el cargo de vicealcalde de la ciudad
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