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jueves, 8 de septiembre de 2016

Organización Territorial

Organización Territorial

El poder legislativo de la ciudad es ejercido por el Concejo Cantonal de Machala el cual es un pequeño parlamento unicameral que se constituye al igual que en los demáscantones mediante la disposición del artículo 253 de la Constitución Política Nacional. De acuerdo a lo establecido en la ley, la cantidad de miembros del concejo representa proporcionalmente a la población del cantón.7


Machala posee 11 concejales, los cuales son elegidos mediante sufragio (Sistema D'Hondt) y duran en sus funciones cuatro años pudiendo ser reelegidos indefinidamente. De los once ediles, 10 representan a la población urbana mientras que 1 representa a las única parroquia rural. El alcalde y el vicealcalde presiden el concejo en sus sesiones. Al recién instalarse el concejo cantonal por primera vez los miembros eligen de entre ellos un designado para el cargo de vicealcalde de la ciudad

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